Confirman aumento del salario mínimo para el 2026: ¿para quién aplica?

Aumento del salario mínimo 2026

berenice.aguilar@educaedtech.com

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El aumento del salario mínimo formó parte del paquete de 20 reformas constitucionales propuestas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador. Aunque no todas fueron aprobadas, la iniciativa relacionada con fortalecer el salario mínimo permaneció en análisis para su revisión posterior.

 

Tras varios debates, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, confirmó durante la conferencia matutina del 3 de diciembre que el incremento salarial será una realidad en 2026. Pero, ¿a quién aplica y de cuánto será el ajuste? Aquí te explicamos.

Claudia Sheinbaum confirma el aumento del salario mínimo en 2026

El Gobierno federal anunció un incremento del 13 por ciento al salario mínimo general para 2026. Con este ajuste, la remuneración diaria pasará de 278.80 pesos a 315.04 pesos. En términos mensuales, el salario mínimo quedará en 9,582.47 pesos.

 

Este aumento forma parte del plan gubernamental para que el salario mínimo permita adquirir hasta 2.5 canastas básicas; actualmente, equivale a 1.7 canastas, con el objetivo de continuar incrementándolo hacia 2030.

 

Durante el sexenio del expresidente López Obrador, el salario mínimo registró aumentos consecutivos. El más reciente ocurrió el 1 de enero de 2025, cuando subió de 248.93 a 278.80 pesos diarios, lo que representó un incremento del 12 por ciento.

¿En cuánto quedará el salario mínimo en 2026?

La presidenta informó que, tras un acuerdo entre el sector empresarial, el sector obrero y el Gobierno federal, se determinó un aumento del 13 por ciento al salario mínimo general, fijando su monto en 315.04 pesos diarios a partir del 1 de enero de 2026.

 

El secretario del Trabajo, Marath Bolaños, precisó que este ajuste elevará el salario mínimo mensual a 9,582.47 pesos; en la Zona Libre de la Frontera Norte, el incremento será del 5 por ciento, pasando de 419.88 pesos diarios a 440.87 pesos, equivalentes a 13,409.80 pesos mensuales.

¿Para quién aplica el aumento del salario mínimo?

Es importante señalar que el aumento al salario mínimo no aplica a todos los trabajadores. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, únicamente los salarios mínimos generales y profesionales deben aumentar conforme lo determine la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami).

 

Esto significa que los trabajadores que ganan por debajo del nuevo salario mínimo deben recibir obligatoriamente el ajuste. En contraste, quienes ya perciben un salario superior al mínimo no tienen derecho automático a un incremento.

¿Cuál será el nuevo sueldo de cada profesión u oficio?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó una lista actualizada de profesiones y oficios junto con los nuevos salarios mínimos profesionales que entrarán en vigor en 2026:

  • Albañilería, oficial de $440.87 
  • Boticas, farmacias y droguería, dependiente(a) de mostrador en $440.87 
  • Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de $440.87 
  • Cajero(a) de máquina registradora $440.87 
  • Cantinero(a) preparador de bebidas $440.87 
  • Carpintero(a) de obra negra $440.87 
  • Carpintero(a) en la fabricación y reparación de muebles, oficial $440.87 
  • Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de alimentos $440.87 
  • Colchones, oficial en fabricación y reparación de $440.87 
  • Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial $440.87 
  • Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a) en $440.87 
  • Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial $440.87 
  • Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas $440.87 
  • Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio $440.87 
  • Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos $440.87 
  • Chofer de camión de carga en general $440.87 
  • Chofer de camioneta de carga en general $440.87 
  • Chofer operador(a) de vehículos con grúa $440.87
  • Draga, operador(a) de $440.87 
  • Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial $440.87
  • Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas, oficial $440.87 
  • Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial $440.87 
  • Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial $440.87 
  • Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tienda de autoservicio $440.87 
  • Encargado(a) de bodega y/o almacén $440.87 
  • Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) en $440.87 
  • Fogonero(a) de calderas de vapor $440.87 
  • Gasolinero(a), oficial $440.87 
  • Herrería, oficial de $440.87 
  • Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial $440.87 
  • Jornalero(a) agrícola y/o trabajador(a) del campo $440.87 
  • Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor $440.87 
  • Manejador(a) en granja avícola $440.87 
  • Maquinaria agrícola, operador(a) de $440.87 
  • Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de $440.87
  • Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial $440.87
  • Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial $440.87 
  • Peluquero(a) y cultor(a) de belleza $440.87 
  • Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial $440.87 
  • Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial $440.87 
  • Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavandería y establecimientos similares $440.87 
  • Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial $440.87 
  • Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial $440.87 
  • Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje $440.87 
  • Refaccionaria de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador en $440.87 
  • Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial $440.87 
  • Reportero(a) en prensa diaria impresa $705.46 
  • Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa $705.46 
  • Repostero(a) o pastelero(a) $440.87 
  • Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de $440.87 
  • Secretario(a) auxiliar $440.87 
  • Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico $440.87 
  • Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador $440.87 
  • Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial $440.87 
  • Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial $440.87 
  • Trabajador(a) del hogar $440.87 
  • Trabajador(a) social, técnico(a) en $440.87 
  • Vaquero(a) ordeñador a máquina $440.87 
  • Velador(a) $440.87 
  • Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico $440.87 
  • Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial $440.87 
     
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